Los hijos fallecidos antes o durante el parto generan complemento de maternidad.

Si el feto muere, se devenga el complemento si hubo más de seis meses de gestación

Los hijos fallecidos antes o durante el parto generan complemento de maternidad · Noticias Jurídicas

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Catabria ha dictado, en una reciente sentencia, Sentencia 495/2021 de 2 Jul. 2021, Rec. 444/2021 que el fallecimiento del hijo que aún no ha nacido, con al menos 6 meses de gestación, debe gozar de la misma protección que la del hijo nacido a efectos de complemento de maternidad.

El esfuerzo realizado por la madre en la gestación y en la recuperación existen en ambos casos. Las consecuencias laborales son innegables, subrayan los magistrados. Por tanto, el complemento por maternidad está justificado, aunque el hijo fallezca. 

La Sala resuelve, por remisión a su reciente sentencia de 4 junio 2021, y equipara a los efectos del complemento de maternidad el parto de un hijo vivo al de un hijo fallecido, bien en el momento del parto, o tras 180 días de gestación.

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