La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México señaló este martes como inconstitucional impedir a los extranjeros el acceso a la maternidad subrogada (renta de vientres) ya que constituye una condición de discriminación que es contraria al artículo 4 de la Constitución mexicana que garantiza el derecho universal a la salud y a la planificación de la familia.
Por ello abrió la posibilidad para que empresas que operan como intermediaras, con personas que desean participar en esta técnica de reproducción, ofrezcan sus servicios a cualquier persona, incluidos los extranjeros.
Además, la SCJN autorizó que los contratos sean llevados ante notario público y aprobados por un juez.
La determinación fue tomada por el Pleno de Ministros, de forma unánime, al resolver un amparo promovido por la empresa Fertility Center, en contra de diversos artículos del Código Civil del estado de Tabasco, relativos al contrato de gestación asistida y subrogada, el cual limitaban la participación de empresas privadas como gestoras en los contratos de maternidad subrogada.
Por ello la Corte mexicana determinó que es inconstitucional que se prevea como requisito para la suscripción del contrato de gestación «que los contratantes sean ciudadanos mexicanos» ya que tal disposición «resulta violatoria de los principios de igualdad y no discriminación».
Mientras que sobre la intervención de un notario público para la celebración del contrato de gestación, el Supremo mexicano dijo que dicho requisito «no resulta excesivo o irracional, ni constituye un obstáculo para el acceso a la justicia».
El lunes, la Suprema Corte de México exhortó este lunes al Congreso a atender de forma urgente y prioritaria la práctica de la gestación por sustitución (vientres de alquiler) en el Estado mexicano.
«Es de suma importancia que se exhorte al Congreso mexicano para que dentro de sus competencias regulen de manera urgente y prioritaria la materia de gestación por sustitución», dijo el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea.
También el lunes, feministas mexicanas protestaron contra la SCJN porque ha avalado los vientres de alquiler en medio de un prolongado y controvertido debate sobre la gestación subrogada.
La protesta ocurrió mientras el Supremo discutía la constitucionalidad del Código Civil de Tabasco, estado del sureste del país que en 1997 se convirtió en el primero en legalizar la práctica, que se permite también en Sinaloa, en el noroeste, desde 2013.
Pese a lo longevo de la legislación, la Corte estudia apenas ahora una acción de inconstitucionalidad que interpuso la extinta Procuraduría General de la República (PGR) tras una reforma de Tabasco en 2016 con el argumento de que «los estados no tienen facultades para legislar en la materia».
Pero la semana pasada, en medio del cierre de campañas de las elecciones del 6 de junio, la SCJN avaló la gestación subrogada tanto gratuita como paga e, incluso, invalidó las disposiciones de Tabasco que prohibían el acceso a parejas del mismo sexo y extranjeras.
El debate sobre todo los alcances de la reforma se ha alargado ante los desacuerdos de los ministros y un inusual análisis de aspectos puntuales de la ley por ser una discusión inédita en el Poder Judicial.